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Studying and Working in Scotland, SL

 

Condiciones de los programas laborales.

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Condiciones Generales 2.007/08

Los centros del Perth College, Dundee College, Telford College, Regent College y la Universidad de Edimburgo tienen sus propias condiciones. Éstas vienen especificadas en las informaciones y hojas de inscripción respectivas.

Las condiciones para los programas de laborales son las siguientes:

1. Formas de pago. El pago se efectuará en efectivo, mediante talón nominativo a nombre de Studying and Working in Scotland, S.L. o mediante transferencia bancaria a la C/C Nº:  (facilitada en las hojas de inscripción). No se considerará ninguna solicitud que no vaya acompañada del correspondiente pago integro del programa.

2. Cancelaciones. Toda cancelación deberá ser comunicada por escrito a la dirección de esta entidad. En ningún caso se devolverá la cantidad entregada en concepto de gastos iniciales de organización. Los gastos iniciales ascienden para los programas laborales (trabajo remunerado y au pair) en 90.15€ y para el alojamiento del programa de trabajo remunerado a 90.15€. Si la cancelación se realiza entre los 15 días y hasta el tercer día previo al inicio del programa, se aplicará una penalización del 75 por ciento del precio total. Las cancelaciones realizadas a partir del tercer día previo a la llegada del contratante, la no presentación en los lugares asignados en el programa sin anulación previa, la no asistencia o el abandono del programa, supondrá la pérdida total del importe del programa.

3. Duraciones. El programa de trabajo tiene una duración mínima de tres meses o dos meses en los casos así acordados. El participante del programa se compromete a cumplir la duración mínima del programa en los puestos asignados por el programa.

CONDICIONES GENERALES PARA LOS PROGRAMAS LABORALES

El participante del programa manifiesta que ha sido debidamente informado por S.W.S. de las condiciones generales y particulares del programa que ha contratado. El participante está obligado a conocer, adaptarse y aceptar la vida y costumbres del país de destino.

- Dinero de bolsillo: Los participantes del programa tendrán que llevar dinero suficiente para sus gastos personales y no podrán pedir dinero a la organización o a sus familias anfitrionas.

- Seguros: Los trabajos remunerados conllevan el alta en la seguridad social británica.

- Reclamaciones: Aquellas diferencias o reclamaciones que, a juicio de los participantes o sus padres, se observen en los programas, deberán ser puestas de manifiesto inmediatamente en el propio país de destino para así buscar y ofrecer una solución satisfactoria lo antes posible. Cualquier reclamación que no se haya comunicado durante la realización del programa, no tendrá validez.

- Alojamientos: En los programas con alojamiento en familia o en pisos compartidos, Studying and Working in Scotland, SL procurará obtener la acomodación más adecuada. Hay que tener en cuenta, que las costumbres, horarios y normas son muy diferentes a las españolas y es por ello por lo que el participante debe de adaptarse y aceptar dichas normas y costumbres. Está prohibido utilizar el teléfono o el ordenador del propietario sin previa autorización de éste. Los propietarios imponen dos condiciones mínimas para la devolución de la fianza: La permanencia de un mínimo de dos meses y ser avisados con un mes de antelación ante posibles cambios de residencia.

- S.W.S. es una organización que no discrimina a ninguna familia o participante de los programas por razones de raza, religión, nivel económico, social o cultural, etc., ya que nuestra selección nunca se basa en estos criterios. Así pues, el participante no podrá denegar ningún trabajo o familia alegando ninguno de los motivos anteriormente mencionados.

- Otros: Los programas de Au Pair y Trabajo Remunerado, se consideran Formación en Prácticas de Trabajo cuyo objetivo es el aprendizaje del idioma.

- Expulsiones: En el supuesto de falta grave de disciplina, mal comportamiento y/o incumplimiento de las leyes británicas, Studying and Working in Scotland, SL expulsará del programa al alumno con costos a cargo del estudiante o su familia. A este respecto hay que indicar que las faltas de disciplina o en el comportamiento pueden ser graves en dichos países y no en España como por ejemplo, la no asistencia a clase, incumplir los horarios, ausentarse sin justificación del trabajo, consumo de bebidas alcohólicas o fumar en lugares prohibidos, etc. Se incluye en este apartado, el incumplimiento de la duración mínima en el puesto de trabajo asignado por el programa. Si en el transcurso del programa un participante causa graves problemas a la empresa, compañeros, familia o sociedad en la que viva, o su conducta social o moral no fuese admisible por algunos de ellos sería amonestado por su comportamiento y no cambiando de actitud sería expulsado del programa, finalizando toda relación comercial.

- Renuncia: Si el participante renuncia al alojamiento o trabajo facilitados en el programa, da por finalizada la parte renunciada del programa, pudiendo continuar con el resto del mismo si lo desea, con la excepción si el hotel facilita el alojamiento, en este caso si renuncia al trabajo debe de renunciar también al alojamiento.

- Indemnizaciones a terceros: Si el participante incurre en hechos que originen indemnizaciones por daños y perjuicios causados a terceros, S.W.S. no se responsabiliza de las citadas indemnizaciones o penas derivadas por los tribunales de justicia británicos y/o demás organismos oficiales.

- Devolución del precio del programa. Si S.W.S. después de confirmar la posibilidad de la realización del programa, no realiza el mismo. Se compromete a la devolución integra del precio del programa incluyendo los gastos iniciales.

 

   

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